
TRAS UN FALLO SIN PRESEDENTES EN LA HISTORIA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA .
ENCABEZADA POR DE JUEZES COMO : PRESIDENTE , RICARDO LORENZETTI.
CARLOS FAYT., EUGENIO ZAFARONI .
SON ALGUNOS DE LOS NOMBRES QUE ESTAN A FAVOR DE ESTA ABERRACIÓN DE
LEYES QUE DARIAN VIA LIBRE AL CONSUMO DE DROGAS ,TALES COMO
MARIHUANA,ACIDOS,COCAINA,PACO, Y TODAS LA S QUE VENDRAN DESPUES DE QUE LOS FUTUROS NUEVOS ADICTOS ,VAYAN CONOCIENDO Y EXPERIMENTANDO.
La Corte Suprema falló hoy en favor de la tenencia de marihuana para consumo personal. Tal como se esperaba, el máximo tribunal declaró inconstitucional la aplicación de la ley de estupefacientes para condenar a cinco jóvenes que en 2006 fueron detenidos en Rosario con cantidades mínimas de esa sustancia y, por esta razón, los absolvió...
AL DECLARAR INCONSTITUCIONAL EL CASTIGO DEL CONSUMO DE MARIHUANA EN ADULTOS..
El caso Arriola En esta causa,
Buenos Aires,
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor
oficial de Gustavo Alberto Fares, Marcelo Ezequiel Acedo,
Mario Alberto Villarreal, Gabriel Alejandro Medina y Leandro
Andrés Cortejarena en la causa Arriola, Sebastián y otros s/
causa n° 9080", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1°) Que esta causa se inició el 19 de enero de 2006,
a raíz de lo informado por el Jefe de la Sección Rosario de
la Policía Federal Argentina, dando cuenta que de distintas
actuaciones sumariales labradas en esa dependencia por
infracción a la ley 23.737 surgía que todos los detenidos
habían tenido contacto en forma esporádica con una finca emplazada
en la calle Nicaragua casi esquina Forest, donde se
habían observado los movimientos típicos de la venta de
estupefacientes al menudeo.
En virtud de ello se dispuso la instrucción del
sumario que fue delegada a la fiscal en turno, quien en función
de las tareas de observación y vigilancia llevadas a cabo por
la prevención, las imágenes captadas y grabadas en un video
casete que se incorporó al expediente, y en las constancias
que surgían de las copias de los sumarios acumulados al proceso,
sostuvo que podía inferirse que en la finca aludida un sujeto
se dedicaría a la comercialización de estupefacientes. En
función de ello solicitó y obtuvo la correspondiente orden de
allanamiento, registro y secuestro, que tuvieron lugar el 26
de febrero de 2006, conforme a lo que surge del acta que luce
a fs. 63/64 y, posteriormente, el 27 de abril de 2006 (fs.
119/122). También en el marco de las distintas medidas
procesales adoptadas en el sumario, se acumularon los
expedientes n° 1268/05 "Fares, Gustavo Alberto s/ ley 23.737"